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//Auditoria, ITE y certificación energética

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AUDITORIAS Y MEDICIONES:

 

La actualización de los edificios antiguos a la normativa vigente, fundamentalmente en el caso de edificios públicos y del sector terciario, exige de un primer análisis de la situación de partida, una auditoría en la que se estudie el cumplimiento de la Normativas y Reglamentos de referencia: CTE, incendios, salubridad, accesibilidad, eficiencia energética, actualización de las instalaciones…  La Auditoría se convierte en documento base tanto para el cálculo del coste de la  Actualización – Reforma, como para la redacción del futuro proyecto de reforma.

 

En la pagina principal de Obras se muestran algunos ejemplos de auditorías realizados por Isuuru Arquitectos:

 

Auditoría  del Hotel Maria Cristina (2010)

 

Auditoría parking del Txofre (2016)

 

Auditoría Hipódromo de San Sebastián (2018)

 

 

 

INSPECCIONES TÉCNICAS DE LOS EDIFICIOS (ITE):

 

¿Qué es?  ¿Es obligatorio?

Consiste, principalmente, en la elaboración de un informe realizado a partir de una inspección visual de los elementos comunes del edificio, realizada por el personal inspector que concluye en la emisión de un dictamen.

 

El objetivo de ese informe y posterior dictamen, consiste en dar a conocer cuáles son las lesiones y deterioros que sufre la edificación, evaluar los daños en función de su gravedad y elaborar un plan de intervención, en su caso, llegando a identificar y clasificar el tipo de intervención. Su elaboración posibilitará conocer las reparaciones necesarias para la puesta a punto del edificio, así como la definición de un procedimiento programado de mantenimiento y conservación del edificio a impulsar por los propietarios.

 

Es obligatorio en:

a) Las construcciones o edificaciones que ostenten la consideración de catalogadas o protegidas, con independencia de su antigüedad y régimen de protección, local, foral o autonómico.

b) Las edificaciones de uso residencial no incluidas en el apartado anterior que tengan una antigüedad superior a cincuenta años.

 

¿Qué objeto tiene?

a) Identificar las lesiones y deterioros detectados visualmente durante la inspección, producidos por causas exteriores o interiores, vicios, fallos o falta de mantenimiento.

b) Realizar una prediagnosis de las posibles causas de las patologías observadas y del estado de conservación de los edificios.

c) Clasificar, por orden de gravedad, los males detectados y su interrelación.

d) Evaluar la importancia del daño y dictaminar sobre la necesidad de intervenir, y recomendar el tipo de intervención adecuado.

e) Caracterizar los diversos elementos de la envolvente del edificio a efectos de una posterior evaluación de la eficiencia energética del edificio.

f) Determinar las condiciones técnicas de accesibilidad del edificio en sus accesos y comunicaciones interiores desde el portal hasta el acceso a las viviendas.

 

¿En qué consiste?

 

  1. La ITE estará constituida por un informe realizado a partir de la inspección visual y el dictamen correspondiente expedido por el personal inspector.
  2. La ITE comprenderá una inspección visual de la estructura, fachada y cubierta, y las redes comunes de saneamiento y abastecimiento, con el fin de conocer sus características constructivas, su estado y las patologías que puedan afectar al edificio. Además, incluirá una toma de datos de la envolvente del edificio, a efectos de su caracterización para un posterior análisis y/o evaluación de la eficiencia energética del inmueble, y de las condiciones de accesibilidad del edificio.
  3. Cuando los datos obtenidos en la inspección visual no fueran suficientes para la calificación de las deficiencias detectadas, el personal inspector trasladará a la propiedad del inmueble la necesidad de realizar la apertura de catas para una toma de datos más exhaustiva del elemento o elementos constructivos afectados, así como las pruebas que considere necesarias.

 

¿Cuál es la programación general de las actuaciones sometidas a ITE?

a) A partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto y hasta el 31 de diciembre del año 2013, los edificios construidos con anterioridad al año 1901.

b) Hasta el 31 de diciembre del año 2014, los edificios construidos entre los años 1901 y 1940.

c) Hasta el 31 de diciembre del año 2015, los edificios construidos antes del año 1965 y todos los catalogados restantes.

d) A partir del 31 de diciembre del año 2015, anualmente deberá realizarse la primera Inspección Técnica de los edificios no incluidos en los apartados anteriores que tengan una antigüedad superior a los 50 años y las segundas y posteriores antes de transcurrir los diez años de la primera o posteriores inspecciones.

 

 

 

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

 

¿Qué es?  ¿Es obligatorio?

Se trata de un análisis objetivo del edificio que se realiza para evaluar su comportamiento energético. La eficiencia energética de un edificio se define como la cantidad de energía consumida realmente o que se estime necesaria, para satisfacer las distintas necesidades de calefacción, calentamiento de agua, refrigeración, ventilación o iluminación, asociadas a un uso.

 

Es obligatorio en los casos en los que se quiera alquilar o vender una vivienda, así como cuando se soliciten subvenciones a las administraciones.

 

¿Qué objeto tiene?

Objetivo europeo 20 – 20 – 20 para 2020

 

  • Recortar las emisiones de CO2.......................20%
  • Reducir el consumo energético........................20%
  • Promover el uso de energías renovables........20%

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿En qué consiste?

Se puede realizar la Certificación de un edificio completo (sector terciario o viviendas) o de una parte del edificio (un local o una vivienda).

 

Se comienza realizando una simulación por ordenador mediante el programa CE3X. En esta simulación se introducen los datos de climatología, condiciones ambientales interiores, geometría y de composición de cerramientos del edificio: fachadas, cubiertas, soleras… Se introducen así mismo las características de las instalaciones térmicas individuales y colectivas, ventilación natural, iluminación artificial, iluminación natural, sistemas solares activos u otros de calefacción o producción de electricidad basados en fuentes renovables. El objetivo es calcular los Kg de CO2 anuales por m2 de superficie útil y la energía consumida anual en KWh por m2.

 

En función de los resultados obtenidos se asigna una Certificación Energética, que puede ser desde la A (mayor eficiencia) hasta la G (peor eficiencia).

 

En el informe, se aportan también 3 posibles medidas a tomar para la mejora de la eficiencia energética del edificio. Se recalcula el comportamiento energético del edificio con estas medidas, y se presenta un análisis económico que incluye una valoración estimada del coste de cada una de las medidas y el ahorro anual en coste energético que suponen.